Enhorabuena por la claridad, y gracias por el trabajo realizado que, a la menor brevedad posible, añadiremos sin falta a http://www.nodo50.org/objecionfiscal/ por constituir una inestimable ayuda.
Hay que aclarar también que es más fácil conseguir el borrador, para modificarlo en el programa PADRE con la objeción tal como explicais, cuando se ha realizado la declaración el año anterior, pero, incluso habiéndola hecho entonces, la cosa se complica si no se dispone de esa referencia, por ejemplo porque se haya extraviado la copia de la declaración que se entregó o no se comunicó un número (...)