El aborto y los estados - Tortuga
Administración Enlaces Contacto Sobre Tortuga

El aborto y los estados

Jueves.26 de diciembre de 2013 583 visitas Sin comentarios
David Algarra. #TITRE

El 25 de diciembre de 1936, en plena guerra civil, se legaliza el aborto en Catalunya con el Decreto de la Interrupción Artificial del Embarazo, una ley elaborada por el médico anarquista Fèlix Martí Ibàñez, miembro de la CNT y director general de la Conselleria de Sanidad, y aprobado por Josep Tarradellas, y por los consellers de Sanidad y Asistencia Social y de Justicia, Pere Herrera, de la CNT, y Rafael Vidiella, de UGT. El decreto comenzaba señalando la necesidad de evitar los abortos clandestinos que ponían en peligro la vida de la madre: "Hay que acabar", decía la introducción del texto, "con el oprobio de los abortos clandestinos, fuente de mortandad maternal, para que la interrupción del embarazo pase a ser un instrumento al servicio de los intereses de la raza y efectuado por aquellos que tengan solvencia científica y autorización legal para realizarlo".

El doctor marxista Mina, en su opúsculo "El problema sanitario ante la revolución proletaria", publicado en 1937 por la Editorial Marxista, escribió en relación al hecho de que se tratase de una reforma de tipo eugenésico: "¡Interés de la raza! Se huele la influencia de la teoría del racismo, tan cara a los nazis alemanes". Y añadía: "Lo que importa para la especie humana no es la selección de un pequeño número de individuos, sino la creación de condiciones de subsistencia suficientes para permitir a todos los miembros de la sociedad vivir y rendir provecho".

Lo que no recordó Mina es que cuando el gobierno soviético había emitido un decreto anulando la penalización criminal del aborto, fue también con referencias a la raza: “Mientras los remanentes del pasado y las difíciles condiciones del presente obliguen a algunas mujeres a practicarse el aborto, el Comisariato del Pueblo para la Salud y el Bienestar Social y el Comisariato del Pueblo para la Justicia consideran inapropiado el uso de medidas penales y por lo tanto, para preservar la salud de las mujeres y proteger la raza contra practicantes ignorantes o ambiciosos, se resuelve:“I. El aborto, la interrupción del embarazo por medios artificiales, se llevará a cabo gratuitamente en los hospitales del estado, donde las mujeres gocen de la máxima seguridad en la operación.”. (Decreto del Comisariato del Pueblo para la Salud y el Bienestar Social y del Comisariato del Pueblo para la Justicia en la Rusia Soviética - 1920)

De 1917 a 1926 el aborto fue autorizado en la URSS sin ningún tipo de restricción, de 1926 a 1936 se impusieron algunas reservas, de 1936 a 1954 estuvo totalmente prohibido, finalmente en 1955 fue de nuevo autorizado. El régimen soviético se aseguró que la mujer se sometiera a la doble carga del trabajo doméstico y crianza como también al trabajo asalariado, como ocurría bajo el capitalismo. Alarmado por la creciente escasez de trabajadores, el estado soviético abolió el derecho al aborto con la ley del 27 de Junio de 1936, excepto en aquellos casos en los que sólo la interrupción del embarazo podía salvar la vida de la madre/trabajadora. Significativamente, en la misma ley se limitaba el divorcio y se dictaban ayudas económicas a la maternidad y a la familia numerosa.

En el país del partido único se había autorizado y desautorizado una misma práctica en diferentes épocas, a poco que nos situemos en la historia podemos percatarnos que estas decisiones soviéticas se encontraban dentro del control poblacional, ya que durante la segunda guerra mundial (1939-1945) la Unión Soviética fue el país con más víctimas mortales: más de 26 millones.

Cuando los Estados decretan, no piensan en la libertad de sus tutelados - empezando por el hecho de que son tutelados - sino por la maximización de su poder ajustando sus leyes según sus análisis estratégicos de la realidad, sea realizado por anarquismo de Estado, socialismo, comunismo, fascismo, liberalismo, etc. Creo que esa es la lección que tenemos que extraer de estas actuaciones estatales, más allá de la opinión personal que tengamos sobre el objeto del decreto, con eso no digo que nuestra opinión y reflexión sobre cada tema no sea importante.

Tomado de: http://www.facebook.com/groups/1302...